El Tribunal de Defensa de la Competencia de Cataluña avala finalmente la decisión de la Generalitat de que, a excepción de en los casos penales, las traducciones del catalán al castellano que se realicen en los juicios se paguen por parte de quienes las hayan solicitado.
Según información recogida en el Diario Expansión, un abogado denunció en octubre de 2009 al Departamento de Justicia de la Generalitat por práctica restrictiva de la competencia ante la Comisión Nacional de la Competencia. La Generalitat ha dispuesto que las traducciones del catalán al castellano de los documentos en los juicios no se hagan de forma gratuita, sino que las paguen quienes las soliciten, salvo en los casos penales, pese al deber de gratuidad de tales traducciones dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial para todo tipo de procesos.
La Comisión Nacional de la Competencia estimó que el caso competía a Competencia de Cataluña. Ahora, el Tribunal de Defensa de la Competencia de Cataluña ha rechazado la denuncia porque considera responsable al juez que tomó la decisión de no dar la gratuidad de la traducción de documentos, cuando el juez no hacía otra cosa que ejecutar la política de medios materiales diseñada desde la Generalitat.
El abogado, José Luis Mazón, presentará de nuevo la denuncia ante la Comisión Nacional de la Competencia con sede en Madrid contra el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial, el juez aludido y la Generalitat, para que se aclare la responsabilidad y se sancione al culpable. Mazón señala que en ningún momento han negado que el hecho es una discriminación que afecta al Derecho de la Competencia de un abogado que no domina el catalán para poder competir en los tribunales españoles con sede en territorio autonómico catalán en paridad de condiciones con los abogados catalano-parlantes.
Fuente: Portal Difusión Jurídica
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