Medidas anti-crisis: elevación del umbral del sueldo que no se puede embargar en una ejecución hipotecaria y otras medidas

1.- La ocultación de pérdidas bancarias

Parece ser que el Gobierno, en próximas fechas, va a realizar dos modificaciones legislativas, en aras de garantizar que las entidades bancarias y cajas de ahorro, puedan seguir ocultando las pérdidas en sus balances, como solución mientras se aprueba definitivamente la Ley de Economía Sostenible.

El ejecutivo incluyó una disposición final en su anteproyecto de Ley de Economía Sostenible que cambia un aspecto básico de la Ley del Suelo, aprobada en 2007: amplía de 3 a 6 años el plazo máximo para actualizar el valor de los terrenos urbanizables delimitados.

La Ley del Suelo establecía que los promotores disponían de un máximo de 3 años para comenzar a construir en los suelos urbanizables que contaran con plan de ordenación urbanística, y así convertirse en urbanos. Pasado este plazo, el terreno pasaría a estar calificado como "rural", con lo que su valor simplemente se desplomaría. Las quiebras de promotores y constructores se han disparado desde el inicio de la crisis inmobiliaria, y, como resultado, bancos y cajas se han visto obligados a incorporar a sus balances los activos (pisos y suelo) de estas compañías. Según la Ley del Suelo, puesto que la mayoría de proyectos están paralizados, las entidades tendrían que reducir drásticamente en sus balances el valor del suelo urbanizable embargado, pasando a contabilizarlo como suelo agrícola (muy inferior). Los expertos del sector coinciden en que el mayor problema para la banca se encuentra en este ámbito, ya que el desplome del sector impedirá durante bastante tiempo el inicio de nuevos proyectos. El suelo es el gran agujero negro del sistema financiero nacional, ya que es donde se registrarán más pérdidas.

De esta forma, en el documento de medidas anti-crisis, presentado la semana pasada por la Ministra de Economía, se incorporan dos disposiciones tendentes a inflar, no sólo el suelo urbanizable, sino también el agrícola. La primera propuesta, que serán aprobadas por Decreto Ley en el Consejo de Ministros del próximo día 9 de abril, establece el “mantenimiento para el ejercicio 2010 de la regla transitoria de valoración del suelo urbanizable”. Es decir, impide que se valore como agrícola el suelo urbanizable no construido en plazo y, de este modo, frena su depreciación, eliminando el nuevo sistema de valoración que imponía la Ley del Suelo (restablece el mecanismo anterior, de la ley del 98). Las entidades podrán seguir contabilizando estos activos a un precio inflado. Todo ello tiene como fin ocultar o minorar las pérdidas que tendrían que asumir bancos y cajas como consecuencia de incorporar a sus balances este tipo de activos.

2.- Dentro del documento, el gobierno ha incluido siete medidas para "impulsar la creación de empleo mediante el desarrollo de las actuaciones de rehabilitación y eficiencia energética en el sector de la construcción"

Así, las siete medidas del gobierno contra la crisis inmobiliaria y de la construcción son:

1) reducción del iva para todo tipo de obras de mejora de vivienda, fijando el tipo reducido para las obras realizadas hasta 31 de diciembre de 2012 y ampliando el límite máximo del coste de materiales hasta el 30% del precio de la actuación.

2) ampliación del concepto de rehabilitación estructural a efectos de iva definiendo las obras análogas y conexas a las estructurales con el objeto de reducir los costes fiscales asociados al proceso de rehabilitación.

3) aplicación de las medidas anteriores al impuesto general indirecto canario, cuando las competencias normativas correspondan al estado.

4) creación de una nueva deducción en el irpf por obras de mejora de la vivienda habitual realizadas hasta 31 de diciembre de 2012. la deducción, que soportará íntegramente el estado, se establece por cantidades satisfechas por obras que tengan por objeto la eficiencia energética, la mejora de las cubiertas y la estanqueidad, el saneamiento, el acceso a la sociedad de la información, la sustitución o mejora de las instalaciones de electricidad, agua, gas, la adaptación de la vivienda a personas con discapacidad, o la mejora de la accesibilidad del edificio o las viviendas en los términos previstos en el real decreto 2068/2008.

la deducción será del 10% para contribuyentes de renta inferior a 33.007 euros con un límite del 4.000 euros anuales por vivienda, pudiendo deducirse las cantidades excedentes a lo largo de los cuatro ejercicios siguientes, con el mismo límite anual y con un máximo total de 12.000 euros. la deducción decrecerá progresivamente para los contribuyentes con rentas entre 33.007 euros y 39.407,20 euros.

5) adopción de un acuerdo por el que se instruye al instituto de crédito oficial para ampliar el apoyo financiero a promotores de viviendas de protección oficial cuando éstas se destinen a la venta.

6) definición de las empresas de servicios energéticos, como elemento de dinamización de la rehabilitación del parque existente de edificios con vistas a la reducción del consumo energético.

7) adopción de las reformas necesarias en la legislación de contratos de las administraciones públicas para asegurar la pronta contratación y realización de un plan de obras de rehabilitación y eficiencia energética en las administraciones públicas, mediante la contratación de empresas de servicios energéticos con el fin de alcanzar un ahorro del 20% del consumo energético en el horizonte 2010-2012 en 2000 edificios públicos de la administración general del estado y de las comunidades autónomas y entidades locales.

3.- Modificación de la LEC

Por último, otra de las medidas relevantes consiste en subir el umbral de sueldo inembargable ante impago de hipotecas. El Gobierno ha aceptado incluir en su documento para llegar a un pacto político anti-crisis reformar la ley de Enjuiciamiento Civil para elevar el umbral del sueldo que no se puede embargar en una ejecución hipotecaria hasta los 696,6 euros, un 10% más del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), cantidad a la que se sumará un 20% adicional por cada familiar a cargo.

Fuentes:

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