Introducción- Es de sobras conocido que las nuevas tecnologías de la información y la comunicación han permitido la universalización en el acceso y tratamiento de la información. Soy de la opinión que uno de los síntomas que caracteriza la consolidación de un verdadero estado democrático es la de contar con una administración judicial eficaz y de calidad, que resuelva, en el menor tiempo posible y sin costes procedimentales añadidos, los problemas legales de los administrados, acercando y facilitando el acceso a la justicia por parte de todos los ciudadanos.
No voy a insistir demasiado en el estado en que se encuentra la administración de justicia española, pues es conocido prácticamente por todos los usuarios de este servicio. La falta de eficacia de este servicio público se hace patente en la obsolescencia que sufre y padece una administración que, prácticamente, ha estado marginada de cualquier proceso de modernización en los últimos treinta años. Desde luego, el tiempo lo dirá, pero el vigente proceso de modernización de la justicia, caracterizado por una implantación excesiva lenta y parcial, no augura unos resultados óptimos que, en cualquier caso, serán totalmente insuficientes.
A mi juicio, uno de los problemas más latentes que sufre la jurisdicción civil es la de su falta de inclinación hacia la especialidad. Los actuales Juzgados de Primera Instancia se encuentran sumergidos en una vorágine competencial demasiado amplia. La especialización de los jueces y, por ende, de los Juzgados Civiles podría ser una solución para encontrar el camino hacía una administración de justicia civil resolutiva. La instauración de los Juzgados Mercantiles y de familia ha sido el primer paso (otra cosa distinta es la gestión de los mismos, pues en la actualidad los escasos juzgados que existen se encuentran colapsados), sin embargo, es necesario proceder a la creación o reconversión de los Juzgados civiles actuales en órganos judiciales especializados en las siguientes materias: reclamaciones, ejecuciónes inmobiliarias (como sucede en Madrid), arrendamientos y sucesiones, por ejemplo.
Es cierto, no se puede negar, el intento de los organismos públicos competentes de acercar la administración de la justicia a las nuevas tecnologías. Sin embargo, de nuevo este acercamiento es paupérrimo. En este sentido resulta desalentador comprobar como en la actualidad no existe la posibilidad de realizar el proceso de venta judicial en pública subasta a través de Internet, a excepción del único y loable supuesto de los Juzgados de Murcia.
Por otra parte, resulta igualmente lamentable que los Juzgados o más bien, las nuevas oficinas judiciales, no cuenten con un espacio digital donde facilitar información legal a los ciudadanos, sirviendo, a la vez, de plataforma de comunicación interactiva para los profesionales del derecho y para los prestatarios de este servicio público. En la actualidad, resulta extremadamente alentador la iniciativa llevada a cabo por los secretarios judiciales de muchos Juzgados en la creación de blogs no reconocidos de forma oficial para sufragar estas necesidades. Sin embargo, esta iniciativa tiene una doble lectura. Por un lado, es loable el intento de estos funcionarios judiciales de mantener estos espacios en la red pero por otro lado, resulta desalentador comprobar la escasa incorporación de la Administración de Justicia a las TIC, que sí profesan otras administraciones españolas (vid. la presencia telemática de la AEAT).
Por todas estas razones y por otras que omito, la redacción de este artículo me ha puesto los dientes largos. Sí, debo de admitir que mientras preparaba este trabajo la envidia me corroía el alma. Envidia y admiración al comprobar como las nuevas tecnologías se han adueñado, desde hace tiempo, de los entresijos de la administración de justicia norteamericana. The Civil Court of the City New York (El tribunal Civil de la Ciudad de Nueva York) cuenta con una magnifica página Web en la que facilita información legal a los ciudadanos, traducida, nada menos, que en cinco idiomas, entre ellos, el español.
A continuación vamos a realizar un pequeño paseo por los caminos de estos Tribunales para conocer, en parte, su historia, funcionamiento, clases y el fundamento legal de los distintos procedimientos establecidos. Sin embargo, antes de proceder a su lectura, resultaría conveniente realizar una advertencia: El contenido de este artículo esta basado en hechos reales. No es un relato de ciencia ficción aunque, en algunos casos, pueda parecerlo.
The Civil Court of the City New York.- El tribunal Civil de la Ciudad de Nueva York tiene jurisdicción sobre casos civiles cuyo valor monetario no sobrepasa los $25,000, así como sobre otros asuntos civiles que hayan sido remitidos por el Tribunal Supremo. El tribunal tiene entre sus dependencias la sala de reclamos menores para la resolución informal de desacuerdos monetarios que no excedan los $5,000, la sala de la vivienda, donde se procesan discrepancias sin límites monetarios entre propietario e inquilinos, así como las violaciones al código de la vivienda.
Cada año, se someten más de 625.000 demandas civiles en el tribunal civil. Se eligen 120 jueces al tribunal civil, para que ejerzan como tales en el mismo. Los jueces asignados al tribunal civil, conjuntamente con más de mil empleados judiciales, trabajan al unísono para brindarle servicio a los residentes de la ciudad de Nueva York. Nuestro tribunal es el lugar donde el ciudadano común y corriente acude para solucionar sus problemas legales civiles cotidianos. Ya sea usted un comerciante, un consumidor, un deudor o un acreedor, el tribunal civil está dedicado a proveer acceso a un proceso judicial eficiente y equitativo.
Las operaciones del Tribunal Civil General son dirigidas por la Juez Decana en funciones de Asistente Principal Fern A. Fisher , quien supervisa a todos los jueces de los tribunales de asuntos civiles y de la vivienda. La Juez Fischer, junto al Secretario Principal Jack Baer, dirige a todo el personal judicial y de operaciones del tribunal.
El Tribunal Civil presta sus servicios a los cinco condados de la Ciudad de Nueva York. Cada condado cuenta con su propio tribunal, exceptuando el condado del Bronx, que tiene dos. Además, las zonas de Harlem y Red Hook también tienen su propio "Tribunal Comunitario", los cuales proveen algunos de los servicios del tribunal a los residentes de dichas áreas.
Tanto la Jueza Administrativa, como el Secretario han delegado la responsabilidad de las operaciones diarias al Juez Supervisor y al Secretario Judicial del Condado ubicados en cada municipalidad.
Historia del Tribunal Civil.- El tribunal civil de la ciudad de Nueva York fue establecido el 1 de septiembre de 1962 como resultado de la fusión del Tribunal de la Ciudad con el Tribunal Municipal de la Ciudad de Nueva York. Esta fusión formó parte de una reorganización jurídica que se realizó a nivel estatal de acuerdo con las recomendaciones hechas en 1958 por la Comisión Tweed, la cual había sido nombrada por el entonces gobernador Thomas E. Dewey.
Con el transcurso de los años la jurisdicción del tribunal civil fue extendida varias veces. También se ha incrementado el número de empleados con el fin de mejorar los servicios que reciben los litigantes que acuden a los tribunales, de acuerdo con la iniciativa tomada por los administradores del tribunal, así como por la Asamblea Legislativa Estatal. Los cambios más relevantes que se han llevado a cabo son:
1. La creación en 1973 de una Sala de la Vivienda, la cual en sus inicios estaba compuesta por diez magistrados de audiencias los cuales hoy se conocen como Jueces del Tribunal de la Vivienda. En estos momentos el tribunal cuenta con un total de 50 jueces especializados en asuntos de la vivienda. Al principio las salas de la vivienda solo contaban con un juez y un policía judicial, mientras que en la actualidad todas las salas también cuentan con los servicios de uno o dos abogados de oficio, secretarios del tribunal así como intérpretes de varios idiomas. Antes de la implementación de la Iniciativa de la Vivienda por la Juez Presidente Judith Kaye en 1998, los casos del tribunal de la vivienda se repartían entre todas las salas a partir de una sola lista de casos o calendario. Sin embargo, a partir de 1998, las salas quedaron divididas en dos partes: la sala de resolución (o de conferencia), y las salas de juicio. La oficina del secretario del tribunal es la encargada de asignar los diferentes casos a dichas salas, según sea necesario.
2. El tribunal de reclamaciones menores, el cual forma parte del tribunal civil, festejó sus septuagésimo aniversario en el 2004. Fundado en 1934, el tribunal de reclamaciones menores era parte del Tribunal Municipal y tenía una jurisdicción monetaria de hasta $50.00. Esta cantidad ha sido incrementada periódicamente hasta llegar a la cantidad vigente en la actualidad que es de $5,000, aprobada el 1 de enero del 2004. Las sesiones nocturnas del tribunal comenzaron en el año 1954, con una sesión diurna semanal disponible solamente para las personas que no podían acudir a la nocturna debido a su edad o a alguna incapacidad. En 1934 el tribunal de reclamaciones menores procesó un total de 11,190 casos. Esta cantidad llegó a incrementarse a más de 50,000 casos. En 1991 se estableció una sala de asuntos comerciales para atender los casos de asociaciones, sociedades y empresas.
3. La fusión del Tribunal de la Ciudad con el Tribunal Municipal de la Ciudad de Nueva York en 1962 trajo como resultado la creación de una oficina central única para todos los tribunales de las diferentes municipalidades o condados que forman parte de la Ciudad de Nueva York. Esta práctica ha continuado hasta hace pocos años, cuando la Juez Presidente Judith Kaye comenzó a experimentar con la creación de los llamados tribunales comunitarios o "centros de justicia" los cuales están ubicados en el centro de Manhattan, Harlem y en el barrio de Red Hook de Brooklyn. En el tribunal comunitario de Red Hook se ventilan asuntos de vivienda, mientras que en el de Harlem, además de asuntos de vivienda, también se procesan reclamaciones de menor cuantía.
Cabe mencionar que el tribunal de reclamaciones de menor cuantía de Harlem ha estado funcionando una noche por semana desde 1971, año en que se inauguró dicho tribunal en cooperación con el Departamento de Atención al Consumidor de la Ciudad de Nueva York. Debido al gran volumen de casos que en él se procesan, el Tribunal Civil de la Ciudad de Nueva York cuenta con la mayor jurisdicción civil del país. El tribunal de la vivienda, el más grande de su tipo en el país, ha procesado un promedio de 350,000 casos anuales durante los últimos 20 años, mientras que el tribunal de reclamos menores ha tramitado un promedio de 50,000 casos durante el mismo período.
El Tribunal Civil es la institución judicial que procesa el mayor volumen de casos civiles en todos los Estados Unidos. Para ilustrar esto, podríamos mencionar el hecho de que en los últimos 20 años, el Tribunal de la Vivienda, que también es el mayor tribunal de su tipo en todo el país, ha procesado un promedio de 350.000 casos al año. Mientras que durante ese mismo período, el Tribunal de Reclamos Menores procesó unos 50.000 casos. El número de casos procesados por la sala Civil General se redujo considerablemente después que fue puesta en vigor la nueva ley de “no admisión de culpabilidad” relacionada con los seguros automovilísticos. Cabe mencionar que, mientras en los últimos veinte años el Tribunal Civil procesó un promedio de 225.000 casos al año, debido a las nuevas regulaciones de seguros implementadas recientemente y que estipulan el pago inmediato a los médicos que hayan formado parte de un caso de “no admisión de culpabilidad”, así como al crecimiento acelerado del número de casos relacionados con el impago o la morosidad de las deudas crediticias de los consumidores, todo esto ha contribuido a que el número de casos procesados haya aumentado dramáticamente durante los últimos dos años, a un promedio de 600.000 desde 2006. El volumen de casos procesados por estos tribunales representa por lo menos el 25% de todos los casos judiciales del Sistema Judicial del Estado de Nueva York (incluyendo los casos procesados por los tribunales criminales, de la familia, tráfico o civil). Cabe destacar además que es muy impresionante el hecho de que todo este trabajo esté a cargo de solo un 6% de toda la fuerza laboral del Tribunal Civil, lo que demuestra, sin duda alguna, la dedicación, el profesionalismo y la entereza de todos los empleados del tribunal.
Servicios Judiciales.-
Mediación.- Algunos condados tienen disponible el proceso de la mediación para tratar de resolver casos civiles. Los mediadores son partes neutrales que asisten a los litigantes para que lleguen a un acuerdo mutuo determinado por ellos mismos. Al trabajar con un mediador entrenado y certificado, los litigantes resuelven a menudo sus casos sin asistencia jurídica. En las mayoría de los casos, los acuerdos son revisados por un juez. El proceso de mediación puede ser una solución económica para algunos litigantes, ya que este evita los gastos incurridos en el litigio. Para obtener información adicional, es posible utilizar un número de teléfono para ponerse en contacto con Andrew D. Lewis, Coordinador de Servicios de Mediación, llamando al (646) 386-5727 o escribiendo a la siguiente dirección MediationCivil@courts.state.ny.us. Puede también obtenerse más información al respecto activando el enlace cibernético Mediando una disputa.
Intérpretes.- En esta ciudad tan heterogénea, donde muchos de los litigantes hablan otros idiomas que no son necesariamente el inglés, es con frecuencia necesario suministrar los servicios de un intérprete imparcial que interprete a nombre de una o más partes en el litigio. El tribunal civil tiene a su disposición intérpretes en español, haitiano criollo, mandarín, cantonés y ruso. Si es necesario, el tribunal provee intérpretes cuando es necesario traducir un idioma fuera de los antes mencionados. El tribunal también cuenta con intérpretes de lenguaje americano de señas. Los procedimientos jurídicos pueden ser traducidos exclusivamente por dichos intérpretes judiciales y no existe cobro alguno por la utilización de dichos servicios.
Estenógrafos.- El tribunal civil utiliza estenógrafos judiciales para asentar las actas y para suministrar transcripciones de los procedimientos judiciales a las partes interesadas. No hay cobro alguno por este servicio ya que el costo de obtener una transcripción, la cual es un documento mecanografiado que refleja los procedimientos judiciales es, la mayor parte del tiempo, costeado por los litigantes. Aquellas ciudadanos que han sido calificados aptos para recibir asistencia para personas de bajos recursos económicos pueden obtener una transcripción sin costo alguno. Para obtener una transcripción, es posible comunicarse directamente con los estenógrafos que asentaron las actas. Los litigantes involucrados en un procedimiento judicial deben obtener el nombre y el número telefónico del estenógrafo antes de que finalice el caso. Para obtener información relacionada con el nombre del estenógrafo y sobre cómo comunicarse con él, se debe comunicarlo a la sala donde fue ventilado el caso o directamente al juez, en caso de que el secretario judicial no esté asignado a la sala.
Guarderías infantiles.- El tribunal civil cuenta con guarderías infantiles en Queens y en Manhattan, las cuales pueden ser utilizadas por los litigantes involucrados en casos civiles. Existe también una guardería infantil en el tribunal de la vivienda del Bronx. Los litigantes pueden dejar sus niños en las guarderías cuando tengan que comparecer ante el tribunal. Los requisitos, en cuanto a las edades de los niños/as, son los siguientes:
- Tribunal de la vivienda del Bronx - desde 6 semanas de edad hasta los 7 años.
- Tribunal civil de Manhattan - desde los 3 meses de edad hasta los 7 años.
- Tribunal civil de Queens - -desde las seis semanas de edad hasta los 12 años.
En la actualidad, las guarderías infantiles no están disponibles para los hijos de los jurados. Las salas de juicio no son lugares ideales para un niño, por ello se les recomienda a los padres que utilicen las guarderías, las cuales son administradas por Safe Horizons, quienes han sido altamente galardonados y proveen refrigerios y actividades apropiadas para los niños bajo su cuidado.
Centro de recursos legales.- Existen seis centros de recursos legales localizados a través de la ciudad de Nueva York. El propósito de dichos centros consiste en suministrar un lugar donde una persona que carece de representación legal pueda dirigirse a obtener información gratuita relacionada con los procedimientos legales del tribunal de la vivienda. Cada centro cuenta con consejeros legales - abogados del tribunal - entrenados para suministrar información relacionada con los procedimientos legales del tribunal de la vivienda, materiales de información, acceso limitado a la red cibernética internacional, vídeos informativos e información relacionada con recursos comunitarios.
Todos los tribunales (exceptuando el de Harlem), proveen ayuda, aunque de manera limitada, para el procesamiento de las Demandas Civiles y de Reclamos Menores. Dichos centros están localizados en cada municipalidad y abren sus puertas de lunes a viernes, desde las 9:30 a.m. hasta las 5:00 p.m. Además, los jueves, en el Bronx, en Manhattan, en Brooklyn y en Queens, los centros están abiertos desde las 9:30 a.m. hasta las 7:00 p.m. para la conveniencia de las personas que quizás no tengan acceso al tribunal durante las horas laborables normales.
Tutelaje.- De acuerdo a las leyes y a las regulaciones que gobiernan el ejercicio de la abogacía en lo civil (CPLR, por sus siglas en inglés) § 1202, un juez puede nombrar un tutor para que comparezca en representación de un adulto el cual se ha determinado es incompetente o incapaz de proteger sus derechos adecuadamente durante el transcurso de un proceso judicial. El tribunal civil administra un programa que tiene acceso a un grupo de abogados y otro tipo de personas, quienes están entrenados por el tribunal para fungir como tutores. En algunos casos, los tutores reciben compensación monetaria por sus servicios, mientras que en otros casos, el tutor presta sus servicios voluntariamente.
Seguridad.- La seguridad del tribunal civil es mantenida por los policías judiciales uniformados, quienes deben pasar un examen escrito de servicio público y cumplen exitosamente con un programa de entrenamiento que se lleva a cabo en la Academia de Entrenamiento de Policías Judiciales. Algunos de los policías judiciales están entrenados en procedimientos médicos de emergencia, tales como resucitación artificial, y responden a emergencias médicas que puedan ocurrir en el tribunal, mientras se espera la llegada de los servicios médicos de emergencia (EMS, por sus siglas en inglés). Dichos policías judiciales patrullan las salas de juicios y otras áreas de acceso público. Cualquier tipo de preocupación que pueda tener el público en general, debe ser canalizada a través de la policía judicial.
Acceso a los Tribunales para las Personas Discapacitadas (ADA).- Cada uno de los tribunales civiles de la ciudad de Nueva York cuenta con personal entrenado para ayudar a las personas discapacitadas, sean estas miembros del público en general o abogados. Esta ayuda podría incluir, pero no se limita a: facilitar el acceso físico a las instalaciones judiciales, brindar información sobre el proceso judicial y de los diferentes tipos de demandas que se procesan en el tribunal, así como proveer auriculares para las personas con dificultades auditivas, etc. Todos los edificios y baños públicos están diseñados para facilitar el acceso a las personas en sillas de ruedas.
Servicio telefónico interactivo.- Otro servicio importante ofrecido por el tribunal civil es el servicio telefónico interactivo, el cual brinda información relacionada con los procedimientos judiciales. Puede llamar al (212) 791-6000 para obtener información general sobre asuntos del tribunal civil y el tribunal de reclamaciones de menor cuantía, o al (646) 386-5409 para asuntos relacionados con el tribunal de la vivienda. Este servicio está disponible en español las 24 horas del dia.
Proyecto de abogados voluntarios.- El tribunal civil dirige un proyecto de abogados voluntarios, diseñado para asistir a los litigantes auto-representados, es decir, personas que se representan a sí mismas durante un procedimiento judicial. Los abogados voluntarios trabajan en los centros de recursos legales, conjuntamente con los versados y expertos abogados de dicho centro, los cuales también son conocidos como abogados pro se. Los abogados voluntarios entrenados por el proyecto, suministran información legal gratuita a propietarios e inquilinos que no tienen abogados y revisan documentos legales, analizan los pros y los contras de su caso individual, le ayudan a llenar formularios y a planear cómo encausar o defender su caso, pero no le representarán ni someterán documentos a su favor.
Actualmente, el proyecto de abogados voluntarios no asesora a los litigantes que tienen causas civiles ni de reclamos menor cuantía. Puede que los abogados voluntarios no se encuentren a diario en los centros de recursos legales. Por favor, consulte su centro local de recursos legales para determinar cuándo puede reunirse con un abogado voluntario.
En fin, un ejemplo envidiable de cómo utilizar las nuevas tecnologías en pro de la administración de justicia y facilitar el acceso de la información a todos los ciudadanos. La administración de justicia española aún tiene mucho que aprender.




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