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Directiva 2009/109/CE

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Se ha publicado en el DOCE de hoy, la  DIRECTIVA 2009/109/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 16 de septiembre de 2009 por la que se modifican las Directivas 77/91/CEE, 78/855/CEE y 82/891/CEE del Consejo y la Directiva 2005/56/CE en lo que se refiere a las obligaciones de información y documentación en el caso de las fusiones y escisiones.

(…) El ámbito de la Segunda Directiva 77/91/CEE del Consejo, de 13 de diciembre de 1976, tendente a coordinar, para hacerlas equivalentes, las garantías exigidas en los Estados miembros a las sociedades, definidas en el párrafo segundo del artículo 58 del Tratado, con el fin de proteger los intereses de los socios y terceros, en lo relativo a la constitución de la sociedad anónima, así como al mantenimiento y modificaciones de su capital (3), y el ámbito de la Tercera Directiva 78/855/CEE del Consejo, de 9 de octubre de 1978, basada en la letra g) del apartado 3 del artículo 54 del Tratado y relativa a las fusiones de las sociedades anónimas (4), deben adaptarse a fin de reflejar los cambios en el Derecho de sociedades de Finlandia.

En algunos casos, los sitios web de las sociedades u otros sitios web ofrecen una alternativa a la publicación a través de los registros de sociedades. Los Estados miembros deben poder determinar esos otros sitios web que las sociedades pueden utilizar gratuitamente para esta publicación, como son los sitios web de las asociaciones empresariales o cámaras de comercio, o la plataforma electrónica central a que se refiere la Primera Directiva 68/151/CEE del Consejo, de 9 de marzo de 1968, tendente a coordinar, para hacerlas equivalentes, las garantías exigidas en los Estados miembros a las sociedades definidas en el segundo párrafo del artículo 58 del Tratado, para proteger los intereses de socios y terceros (5). Cuando exista la posibilidad de usar los sitios web de las sociedades u otros para la publicación de los proyectos de fusión o escisión y de otros documentos que hayan de ponerse a disposición de los accionistas y acreedores en el proceso, se han de dar garantías respecto de la seguridad del sitio web y la autenticidad de los documentos (…)

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