HABERES PASIVOS.- Retribución que perciben las clases pasivas.
HABILITADO.- Auxiliar especial de los secretarios judiciales que puede sustituir al titular en la función aun sin vacante ni interinidad.
HABILITAR .- Subsanar en las personas falta de capacidad civil o de representación, y en las cosas, deficiencias de aptitud o de permisión legal. HABILITAR para comparecer en juicio; Autorizar horas o días para actuaciones judiciales.
HABITACIÓN.- Servidumbre personal cuyo poseedor tiene facultad de ocupar en casa ajena las piezas necesarias para sí y para su familia, sin poder arrendar ni traspasar por ningún título este derecho.
HALLAZGO.- Encuentro casual de cosa mueble ajena que no sea tesoro oculto.
HEREDAMIENTO.- Capitulación o pacto, comúnmente con ocasión de matrimonio, en que, según el régimen de algunas regiones, se promete la herencia o parte de ella, o se dispone, por pacto entre vivos, la sucesión. Heredero.
HEREDERO.- El que tiene por ministerio de la ley una parte de herencia que el testador no le puede quitar cercenar sin causa legítima de desheredación. instituir heredero, o por heredero, a uno.
HERENCIA YACENTE.- Aquella en cuya posesión no ha entrado aún el heredero.
HIPOTECA.- Derecho real que se constituye en garantía del cumplimiento de unas obligaciones contraídas con un tercero (préstamos, letras). Junto al pago del principal, garantiza el cobro de los intereses ordinarios, moratorios, costas y gastos derivados de la eventual reclamación judicial en caso de incumplimiento en el pago.
HOMOLOGAR.- Dar firmeza las partes al fallo de los árbitros, en virtud de consentimiento tácito, por haber dejado pasar el término legal para impugnarlo. Confirmar el juez ciertos actos y convenios de las partes, para hacerlos más firmes y solemnes.
| COMPARTE ESTE ARTÍCULO EN LAS REDES
SOCIALES
|
Artículos relacionados:




Publicado por
Iuriscivilis. Blog Jurídico gestionado por José R. Lopez. Licenciado en Derecho, Agente de la Propiedad Inmobiliaria, Experto en Derecho Procesal e Informática Jurídica. Colaborador de Blawgers Internacionales...




BLAWGS







0 comentarios:
Publicar un comentario en la entrada
NORMAS PARA COMENTAR
1.- Utiliza el buscador para encontrar cualquier contenido alojado en el blog.
2.- Todos los comentarios son supervisados por el administrador del blog.
3.- Si quieres preguntar o realizar cualquier consulta en los comentarios, asegúrate que la misma guarda relación con la entrada publicada.
4.- Intentar exponer brevemente la consulta de forma clara y ordenada.
5.- Si prefieres mandar un email, situado en la pestaña contacto, intenta exponer la consulta de forma clara y ordenada y aportando los hechos necesarios para su comprensión.
6.- Queda terminantemente prohíbido el uso incorrecto del lenguaje ni el empleo de lenguaje SMS. No escribas con mayúsculas.
7.- Queda terminantemente prohibido el SPAM. Se borrarán todos los comentarios realizados con la única intención de dejar la dirección de un blog.
Si no se cumplen estrictamente estas normas el comentario será ignorado y/o borrado.
Respetando estas normas ganamos todos, conseguimos un mayor orden y ayuda para los nuevos visitantes. Gracias por tu comprensión. Gracias.