Actualizate

Noticias Jurídicas

Novedades Legislativas

Jurisprudencia

Doctrina

¡...NOTICIAS, NOVEDADES LEGISLATIVAS, JURISPRUDENCIA Y ARTICULOS DOCTRINALES. CLIC EN LAS IMAGENES...!

Servicio Ofrecido por Ed. Aranzadi

Creación de sub-categorías

Comparte este artículo en las redes sociales

El sistema implantado por blogger de las categorías es un buen método para ordenar y clasificar todos los artículos publicados y facilitar la navegación por el blog.  La amplitud del Derecho Civil y del Derecho Mercantil conllevan la oficiosa necesidad de su división en otras disciplinas jurídicas claramente admitidas por la doctrina y la Jurisprudencia. El Derecho Civil se suele subdividir en Derecho de la Personalidad, Derecho contractual, Propiedad y Derechos reales, Derecho Sucesorio. Asimismo el Derecho Mercantil también parte de esta idea, de la que podemos extraer el Derecho Cambiario, el Derecho Societario, el Derecho Económico o Contable...

Todos los post dedicados al Derecho Civil se encuentran más o menos clasificados y ordenados en función de diferentes criterios. No sucede lo mismo con los post publicados referentes al Derecho Mercantil. Por ello, sería aconsejable ordenar los mismos aplicando los mismos criterios impartidos con el Derecho Civil. Un método que ayudaría sobremanera a su realización sería la posibilidad de incluir sub-categorías dentro de las categorías existentes. Sin embargo, aunque creo que dicha opción es factible desconozco si en realidad puede llevarse a la práctica. Únicamente quisiera hacer un ruego:  si alguien saber si es posible realizarlo y la forma de hacerlo deje un comentario en este post.

Cuando disponga de algo de tiempo intentaré solucionar esta cuestión. Entre tanto os pongo un enlace en el blog al índice del Derecho Mercantil que se encuentra alojado arriba de la fecha de cada post.

Visto el buen resultado que ofrece esta solución he procedido a añadir un índice del Derecho Civil que una clasificación de los post más acorde con el contenido de los mismos.

COMPARTE ESTE ARTÍCULO EN LAS REDES SOCIALES


Artículos relacionados:

0 comentarios:

Publicar un comentario en la entrada

NORMAS PARA COMENTAR

1.- Utiliza el buscador para encontrar cualquier contenido alojado en el blog.
2.- Todos los comentarios son supervisados por el administrador del blog.
3.- Si quieres preguntar o realizar cualquier consulta en los comentarios, asegúrate que la misma guarda relación con la entrada publicada.
4.- Intentar exponer brevemente la consulta de forma clara y ordenada.
5.- Si prefieres mandar un email, situado en la pestaña contacto, intenta exponer la consulta de forma clara y ordenada y aportando los hechos necesarios para su comprensión.
6.- Queda terminantemente prohíbido el uso incorrecto del lenguaje ni el empleo de lenguaje SMS. No escribas con mayúsculas.
7.- Queda terminantemente prohibido el SPAM. Se borrarán todos los comentarios realizados con la única intención de dejar la dirección de un blog.

Si no se cumplen estrictamente estas normas el comentario será ignorado y/o borrado.

Respetando estas normas ganamos todos, conseguimos un mayor orden y ayuda para los nuevos visitantes. Gracias por tu comprensión. Gracias.


Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...
 

Últimos Artículos

Suscripción

Si le gustó IurisCivilis, ponga aquí su dirección de correo electrónico para enviarle nuestras actualizaciones con los últimos posts publicados:

ENTRE SU DIRECCIÓN DE EMAIL:

Delivered by FeedBurner

Nota: No olvide HACER CLICK EN EL LINK que vamos a enviarle a su correo electrónico para confirmar su suscripción.

Seguidores

Copyright 2008 IurisCivilis. All rights reserved.
Themes by Bonard Alfin l Home Recording l Distorsi Blog