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Los registradores creen que la Ley Hipotecaria favorece el embargo

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Según opinión de los Registradores de la Propiedad la nueva reforma de la Ley Hipotecaría podría dar lugar a un incremento en el número de embargos de inmuebles por la obligatoriedad de la inclusión en el asiento registral de todas las cláusulas personales del contrato de préstamo. La omisión de esta obligación podría desembocar en la ejecución de la hipoteca por parte del banco o caja.

La reforma de la ley hipotecaria sigue, cinco meses después, levantando ampollas en múltiples colectivos. Los más críticos aseguran que la iniciativa llevada a cabo en 2007 otorga a las entidades crediticias más poder y, por el contrario, descafeína la labor del registrador. ‘Y recordemos que si el registrador no puede calificar, la colectividad se queda indefensa’, recuerda Fernando P. Méndez. La situación que se plantea es tal que una familia podría llegar a perder su casa pese a seguir pagando los recibos de su hipoteca, si en su contrato con el banco se indica que se procederá al vencimiento anticipado del préstamo cuando el valor de tasación del inmueble baje por debajo de un porcentaje predeterminado. Algunos expertos atribuyen este cambio al deseo de bancos y cajas de fidelizar al máximo sus clientes. Después de varios meses desde la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaría, que todavía esta falta de desarrollo reglamentario, la doctrina se plantea que dicha norma puede generar indefensión entre los titulares de los préstamos hipotecarios por la obligatoriedad de registrar todas las cláusulas personales que contiene el contrato del préstamo hipotecario

Antes de la reforma sólo se incluían en el asiento registral de un bien inmueble sujeto a hipoteca las denominadas ‘cláusulas de trascendencia real’, que son aquellas que afectan directamente al inmueble y se excluían las ‘personales’, referidas a las que pactan la entidad financiera y el titular del préstamo en su contrato.

‘De este modo, si una de esas cláusulas exige el pago de un seguro de vida y el titular de la casa hipotecada deja de pagar dicha póliza, el banco podría ejecutar la hipoteca y proceder a un embargo’. Por su parte, el secretario general del Cinder, Enrique Rajoy, admitió que la introducción de estas modificaciones está generando una gran incertidumbre, ya que recordó que el registrador tiene la potestad de calificar en un momento determinado si alguna de esas cláusulas son abusivas, por lo que podría denegar su inclusión en el registro y entonces sería un juez quien debería dirimir el conflicto.

Expertos consultados aseguran que, de facto, ya se están produciendo algunas denegaciones de dichas cláusulas, lo que produce ‘cierta indefensión para la colectividad’.

No obstante, los registradores confían que finalmente ‘las entidades financieras no ejecuten hipotecas por este tipo de incumplimientos’, aseguró Fernando P. Méndez, ex decano del Colegio de Registradores.

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