La conocida como Ley de Memoria Histórica, que amplía el acceso a la nacionalidad española a los hijos y nietos de emigrantes y exiliados, quedó aprobada definitivamente tras superar el trámite en el Senado. A partir de diciembre de 2008, los emigrantes que sean descendientes de españoles tendrán un plazo de dos años para solicitar la nacionalidad española, a la vez que el gobierno español tendrá la posibilidad de ampliarlo por un año más. Cerca de un millón de descendientes podrán obtener la nacionalidad. El Grupo Socialista la introdujo en la llamada Ley de Memoria Histórica, a través de una enmienda transaccional, con el acuerdo de la mayoría y la excepción del Partido Popular. El derecho a la nacionalidad española para nietos de emigrantes es un reclamo histórico de la emigración y un compromiso que asumió ante ellos el propio presidente del gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero. En la explicación de la ley de Memoria Histórica se establece que se “amplía la posibilidad de adquisición de la nacionalidad“, independientemente de que hayan nacido en España, o sean hijos de emigrantes. Por medio de esta ley, cerca de un millón de descendientes de inmigrantes españoles, podrán obtener la nacionalidad española, según estimaciones del gobierno español. Para preparar a la administración con el objetivo de evitar el colapso de los consulados españoles, se acordó que la disposición referente a la nacionalidad entre en vigor en el plazo de un año desde la publicación de la ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE), prevista para la próxima semana. De esta manera, en la misma ley se da satisfacción tanto a los emigrantes como a los exiliados. Después de la exposición de motivos se incluyen tres párrafos que sin duda serán meticulosamente analizados por muchos ciudadanos descendientes de españoles que viven en países extranjeros, singularmente en América Latina. Por lo tanto, a partir de diciembre de 2008, los descendientes de españoles tendrán dos años para solicitar la nacionalidad española, plazo que el gobierno español puede prorrogar un año más. En la explicación de motivos de la ley de Memoria Histórica se establece que se “amplía la posibilidad de adquisición de la nacionalidad española a los descendientes hasta primer grado — hijos — de quienes hubiesen sido originariamente españoles”, independientemente de que hayan nacido en España, o sean hijos de emigrantes o exiliados. Se aclara también que “se satisface una legítima pretensión de la emigración española, que incluye singularmente a los descendientes hasta segundo grado, de quienes perdieron la nacionalidad española por el exilio a consecuencia de la Guerra Civil (1936-1939) o la Dictadura (1939-1975)”. Según la ley hasta ahora vigente, el Código Civil de 2002, el requisito es que los progenitores de quienes demanden la nacionalidad hayan nacido en España. Desaparecido este requerimiento, el límite de la nueva ley es que debe haber una “continuidad” en la nacionalidad, requisito que no podrán cumplir los nietos de emigrantes españoles cuyos padres hayan fallecido sin haber optado por la nacionalidad española. En algunos casos la situación quedará cubierta si se trata de nietos de exiliados por la Guerra Civil (1936-1939) o la dictadura franquista (1939-1975). El gobierno había introducido la reforma que ampliaría la nacionalidad a los nietos de emigrantes españoles en el trámite de la ley de Adopción Internacional, que se encuentra bloqueada en la comisión de Justicia. Por esta razón, en el tramo final de la legislatura, el gobierno optó por asegurarse la aprobación de esta reforma en materia de nacionalidad y la introdujo en la “Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura”, nombre de la ley de Memoria Histórica. La esperada ley salió adelante hoy con el voto favorable de todos los partidos excepto el Partido Popular (PP), y los independentistas catalanes de Esquerra Republicana de Catalunya.
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